Un saludo inicial...

¡Queridos camaradas y amigos...!!!


Poco menos que adolescentes, percepciones y paridad en la visión de la sociedad, y con el impulso de la vocación de servicio, cual conexión espiritual, nos llevó a las puertas de la Escuela de Gendarmería.


Allí nos conocimos, allí compartimos la alegría de la vida responsable, severa mas recta y capáz de edificar y cimentar la condición y la conducta, que a la postre nos constituiría en Oficiales de Gendarmería Nacional.

Cuando el ideal -que jovenes nos llevó a presentarnos- y la realidad (50 años vividos) se realizan, es porque un Ser Superior los entrelaza.


Este espacio será el ámbito donde podremos revivir en plenitud nuestra personalidad de Gendarme Argentino, donde podremos expresarnos y vivificar nuestra sangre, rememorando las vivencias que atesoramos en la memoria.


Este saludo es proposición y llamado y -es probable-que el sosiego, la serenidad que brindan los años vividos nos permitan poner a la vista reflexiones oficiosas y prácticas, o quizás de interés...



¡Marchamos a los 50 años...!!!



"RECORDAR ES EL ARTE NO SOLO DE RETENER LO GOZADO, SINO DE RECREARLO CADA VEZ MÁS PURO..."
(Hermann Hesse)

Sylvie Vartan - Si je chante...

Imágenes de la Promoción XXI - Gendarmería Nacional

Curupaytí

jueves, 30 de agosto de 2012

Policía y Derechos Humanos, por el Dr. Víctor René Martinez


(Lectura recomendada)

Policía y  Derechos Humanos.
De la estricta legalidad del funcionamiento policial, depende la libertad humana.
Comienza el milenio con el aumento de la criminalidad  patentizada por la magnitud de  su violencia impactante, agravada en todo el territorio nacional con su proyección internacional, actitudes grupales y transgresoras (piqueteros, etc.) contra el orden estatal demarcado por instituciones jurídicas, el estéril tratamiento carcelario dejando  recidivas en los liberados, de donde emergen nuevos tipos o perfiles de delincuencia. A lo que se añaden como causas de delincuencia potencial, millares de alcoholistas, toxicómanos, contestarios de la cultura post- modernista, prostitución infantil y -cuanto menos- un 20% de desocupados en nuestro país.
Esta situación sombría excita o estimula la reacción policial poniendo en acto su misión preventiva y repulsiva contra la delincuencia, de lo cual, dependerá la seguridad del individuo y el orden público en nuestra coexistencia social. Entiéndase por “Orden Público” como imperiosa necesidad social, pues rememorando al jurista español Dr. M. Colmeiro:
“….Sin orden público no hay seguridad personal, sosiego en las familias, estabilidad en la posesión, estímulo para el trabajo, y nuestros bienes están a disposición de cualquier atrevido, como las cosas sin dueño a merced del primer ocupante, o como en el estado salvaje toda propiedad cede a la violencia del más fuerte”, y añade “orden y libertad son los dos platillos de la balanza cuyo fiel es el Derecho  o la Ley aplicada al régimen de los pueblos…”[1].-

Para obtener ese objetivo esencial es menester que el accionar policial sea metódico, decidido, rígido y severo, de lo contrario, aquella misión sería infructuosa. En ese ámbito la policía aparece combatiendo en la primera línea del frente, y en fase posterior, se encuentran los Fiscales, Jueces de Instrucción,  siguiéndoles en orden cronológico los tribunales de sentencia, sucedidos -eventualmente- por los estrados recursivos o de segunda instancia.-
En tal espectro emerge una relación de dos extremos: a) la rigurosa protección de los derechos humanos, y b) imprescindiblemente, hay que  proveer a la Policía de todos los medios idóneos para el combate contra el crimen, lo que en última “ratio” también significa una defensa de la libertad individual. Ambos extremos no deben estar en situación antagónica, sino, complementarse armónicamente.-
Los derechos individuales del ser humano no son de carácter absoluto, pues son limitados en cualquier sociedad ordenada y moderna, por exigencias de orden público, derechos de terceros (Código Civil), o diversas reglas jurídicas. De todas las limitaciones la más tangible y resonante es la restricción de la libertad ambulatoria, y esta limitación es la que con más asiduidad realiza el policía determinado por mandato de la norma penal. -
La doble función policial.-
Como función “preventiva”, la Policía debe vigilar constantemente por la intangibilidad de la vida, la seguridad, los bienes privados e intereses sociales del Estado.-
Como función “judicial”, la Policía actúa en contacto más inmediato con el Ministerio Público y la Justicia Penal, en pos de los objetivos de política criminal.-
Ambas especies pertenecen a la Administración Pública, y ambas tienden hacia la persecución de cualquier modo de antisociabilidad, sea por delincuencia penal o sea por infracciones contravencionales. Para ello, el funcionario policial es quien exclusivamente materializa la coacción, la fuerza pública, pero los Fiscales y Jueces solo libran la orden de restricción o limitación de libertades.-
Es evidente que al ejercer la compulsión o coacción física, se produce un fenómeno de acción-reacción recíproco con los derechos esenciales del ciudadano, lo que genera una imagen social negativa y hasta hostil hacia la policía, entorpeciendo significativamente la función “preventiva” y “repulsiva” contra el delito.-
Siendo así, no debemos olvidar que todo régimen democrático exige insoslayablemente que la actividad policial se desarrolle dentro de los carriles marcados por las normas constitucionales, leyes penales y procesales. Pues de lo contrario, caeríamos en un régimen fascista, descalificado por el empleo del poder policial con el solo fin opresivo y  al margen de la Ley. La advertencia no será en vano, al menos para quienes se sienten cautivados por el canto de sirenas del “eficientismo” represor.-
Necesario y relativo ámbito discrecional.-
Ahora bien, el encarrilamiento legal de la función policial no significa adoptar una exacerbada actitud dogmática, pues la ley tan solo ofrece paradigmas principistas con preceptos abstractos, siéndole imposible prever la infinitud de situaciones como hipótesis fácticas de infracciones penales y sus consecuencias. Por tanto, resulta claro que la actividad policial debe desplegarse dentro de un relativo ámbito de discrecionalidad, pues concierne a la Policía -in situ e ipso facto- elegir, escoger y encontrar el medio probatorio con el modo de proceder más adecuado y práctico frente a cada circunstancia susceptible de juzgamiento penal.-
En tal sentido, es menester -respetuosamente- discrepar con la tesis del Dr. Alfredo Vélez Mariconde[2], la cual resulta razonable en el ámbito del  “deber ser”, pero alejada del “ser”, como realidad concreta, pero  el mismo autor se resigna al criterio práctico: “Es en demasía grosera la idea -alguna vez formulada para impugnar nuestra opinión- de que la creación de la Policía Judicial exigiría una sección al lado de cada Comisaría … o un oficial de ella al lado de cada agente de la Policía de Seguridad, como es absurdo pensar que el de segundo, vigilante para impedir todo hecho delictuoso, debería cruzarse de brazos desde el instante en que ese hecho aparece cometido. Nadie puede pretender que la delimitación teórica de las funciones de la policía preventiva y de la policía represiva se traduzca en una delimitación practica como la imaginada, que  no es necesaria, ni posible, ni conveniente. Por razones insuperables de oportunidad, la Policía de Seguridad será siempre un punto de contacto obligado entre la actividad preventiva y la represiva.”.-
Más aún, frecuentemente surge el reclamo social por un obrar policial inmediato, pues se impone en ella la conducta operativa, antes que valorativa, lo que es natural y habitual en esa lucha contra la criminalidad, surgiendo la necesidad de obrar ante hechos no probados, pero que producen la razonable suspicacia o sospecha de comportamientos delictivos, habida cuenta que el funcionario policial no es el Juez del hecho, es el que transita un camino ignoto como objeto de su investigación, de aquí surge la real demanda por cierto ámbito de discrecionalidad en su accionar reservado, de procedimiento pragmático según lo exija la situación concreta sometida a su proceder “preventivo” y “repulsivo” de delincuencias. Es preferible emplear el verbo “repeler” antes que “reprimir”, porque la “represión” exige cumplir ineludiblemente con el presupuesto de la garantía constitucional del “Juicio Previo”, art. 18 de la Constitución Nacional, de competencia exclusiva del Juez Natural.

Falso planteo antagónico.-
De la relación diseñada -lamentablemente- surgen con frecuencia dos concepciones extremistas: a) la actitud “ultra-liberal dogmática”, que por exégesis literal de las garantías o principios constitucionales, los incompatibiliza con la mínima discrecionalidad policial cuando situaciones reales la reclaman para un procedimiento policial práctico y eficaz; b) la “eficientista”, que claudica de aquellas garantías con jerarquía universal propias de los Derechos Humanos, para dar primacía al éxito de la investigación policial.-
La contradicción antagónica constituye un falso planteo, cuyo absurdo se evidencia fácilmente con emplear como primera premisa de un elemental  análisis lógico: la defensa de los Derechos Humanos no está para desarticular o impedir el éxito policial en su lucha contra la delincuencia, sino que acude en auxilio del accionar policial para que la propia criminalidad no aniquile a los mismos Derechos Humanos, pues “Si el hombre fracasa en conciliar la Justicia y la libertad, fracasa en todo[3].-
En relación al proceso penal la investigación policial se traduce por actos preparatorios o preliminares de la investigación preparatoria ejercida por los fiscales, o de la requisitoria fiscal del juicio. Durante esta ocasión “pre-procesal”[4], cobra singular relevancia por su rol protagónico la “Pesquisa Policial”, emergiendo de una incipiente hipótesis, para descubrir o delinear el contexto de los hechos con significación jurídico-penal, intentando obtener “fuentes” de prueba indicadoras de los futuros “medios” probatorios[5], conservarlos, etc.  Pero esto no debe confundirse con la “verificación” del hecho imputado, ya que el acto de acierto, duda, probabilidad o ignorancia en torno al objeto de la relación jurídico-procesal penal, es tarea del órgano jurisdiccional, fundamentalmente durante el juicio.-
Aunque aparente redundancia, viene al caso esta diferenciación de roles procedimentales, porque también es frecuente endilgar al funcionario policial responsabilidades por actos que no le competen, por ejemplo, cuando se le reprocha o sanciona por proceder o reaccionar a causa de hipótesis inculpatorias que a la postre demuestran su inexistencia.-
La tarea policial se caracteriza por la dinámica en su intento por descubrir, obtener datos o información de hechos no probados, elegir pruebas y conservarlas. El accionar policial debe ser directo, metódico y veloz, pues como dicen los técnicos en criminalística: “las pruebas se extinguen durante el mismo lapso en que se enfría un cadáver”. Si una investigación es lenta, burocrática, incompleta o insatisfactoria, tendrá influencia negativa en perjuicio del propio imputado, como pernicioso resultado de un prolongado, complejo y estéril proceso penal.-
Entienden los procesalistas en materia penal, que es condición “sine quanon” de la pesquisa policial, la presencia de una sospecha fundada, esta adjetivación no debe ser interpretada en modo extensivo ni restrictivo, por cuanto su razonabilidad no depende de la fantasía imaginativa ni de la real certeza, sino de un mínimo de prueba o fuente de prueba evaluada con parámetros lógicos, o de la experiencia o sentido común.-
En esta oportunidad, en los prolegómenos del proceso penal es donde hay más demanda por conceder a la investigación policial un cierto ámbito de discrecionalidad, que se irá estrechando a medida que avance el proceso, con el impulso fiscal e ínterin, el órgano jurisdiccional de Control o Garantías deberá intervenir tan solo para la recepción probatoria de “hechos irreproducibles” en la audiencia del debate, cual núcleo esencial del legítimo y verdadero juzgamiento, donde refulgen vigorosamente los principios y garantías constitucionales.
Y claro está, que conferir un relativo marco de discrecionalidad no significa autorizar la arbitrariedad policial, pues la intervención policial procederá cuando y como: a) La ley lo impone, ej.: arts. del Código Penal de fondo, Nros. 71 y 274; b) Si el objeto de su acción lo convierte en inevitable, arts. de igual Código Penal de fondo, Nros. 109, 141, 142, 151, 156, 255 etc. y 238, 239, 240, 241 y c.c. del nuevo C.P.P.S., y c) Los medios empleados no ofenden los Derechos Humanos, Constitución Nacional, arts. 18, 19, 75 inc. 22 y c.c., Constitución Pvcial. de Salta, arts. 19, 20 y c.c.[6].-
Ello así, vienen al caso las prevenciones del administrativista francés Dr. Vivien: “Cuando la policía es accesoria a las otras funciones administrativas, es el atributo natural de los depositarios del poder y no despierta recelos; aislada, constituida en oficina única y separada, despierta desconfianza”[7].-
El sucinto marco legal no impedirá la eficacia del procedimiento penal, habida cuenta que quien promueva la efectividad moral en el proceso penal pretendiendo establecer pautas de probidad, no hace más que realizar el fundamento ético del ordenamiento jurídico, ello así, recuérdese a Solón: “La probidad es más fidedigna que el juramento. No mientas”, o el deber de veracidad consagrado cuando el esplendor del Derecho Romano: “non por commodo privatorum sed por comuni utilitate” (no para ventaja de singulares, sino en beneficio de la comunidad).-
Su dependencia del poder administrativo.-
Aunque parezca una ambigua generalidad, es realidad concreta que la policía es  parte de la administración pública y que funcionalmente tiende a consolidar las condiciones materiales que favorezcan el orden social, o a restablecerlo si el obrar delictivo produjo su desorden[8]. En cuanto al punto, obsérvese que el lindero  diferenciador entre la función de la “policía preventiva” y la función de la “policía judicial”, está definido en esencia por la actividad de la primera: “impedir”, y de la segunda: “repeler” la tentativa o consumación de un delito penal. Pero en substancia, ambas contribuyen al mismo fin de preservar o restablecer el orden social, consecuentemente, la policía es única como entidad y única por su finalidad, no obstante que interín de lograr el objetivo haya cierta bifurcación funcional.-
El tratadista Dr. Jorge A. Clariá Olmedo al proyectar las “Bases Completas para orientar en Latinoamérica la Unificación Legislativa en Materia Procesal Penal”[9] se rectifica o flexibiliza su anterior rigurosidad dogmática[10], sosteniendo que: “Los oficiales y auxiliares de la Policía que específicamente desempeñan funciones judiciales deberán ser puestos bajo la vigilancia y poder disciplinario de los jueces y fiscales, sin que por ello se suprima el vínculo de esta Repartición con el Poder Ejecutivo. Se pretende mantener la unidad y la esencia eminentemente administrativa de la entidad policial, pero vinculándola a la magistratura en lo que atañe a su actividad persecutoria penal y como auxiliar en la investigación.”.-


Algo de Derecho Comparado.-
Igual temperamento institucional o jurídico-político es el adoptado  por países que la doctrina contemporánea los considera como  avanzados, verbigracia:
a) Policía Danesa, los oficiales, suboficiales y agentes son auxiliares del Ministerio Público, cuya jerarquía máxima, los 7 fiscales regionales se subordinan al Fiscal de Estado, quien depende del Ministerio de Justicia del P.E.
b) Policía Francesa, funciona bajo la dirección del Ministerio del Interior del P.E., e integrada por gendarmería nacional, prefectura, y policía nacional, ésta última se divide funcionalmente en detectives de información general y detectives de la policía judicial.-
c) En Italia la función policial se centraliza en el Estado, cuya jefatura superior es el Directorio General de Seguridad Pública, el cual depende del Ministerio del Interior del P.E.-
d) Bélgica, en este país la policía se encuentra un tanto ‘atomizada’ en pequeñas divisiones o fuerzas de policía municipal, que se complementa con la gendarmería nacional, en la que participa la policía judicial, adscripta al Ministerio de Justicia del P.E.-
La síntesis puntualizada deriva del artículo de Juan Alberto Chiappe[11].-
e) En Alemania la policía judicial funciona bajo la dirección del Ministerio Público, que también depende del Ministerio del Interior del P.E.-
En la Jurisprudencia nacional se imponen los siguientes fallos: “No obstante la prohibición contenida por el art. 178 del Cód. Procesal Penal, las personas alcanzadas por dicha norma pueden relatar hechos delictuosos a la autoridad, aún sin asentar en acta alguna, tornándose  así factible la iniciación de oficio que autoriza el art. 183 del mismo código (Del Tribunal Oral Federal)”[12]; “Las labores de averiguación policial y pesquisas, genéricamente  denominadas ‘tareas de inteligencia’ constituyen una metodología normal en la detección de los delitos y sus posibles autores. Más que una aceptable técnica de investigación, es una actividad absolutamente esencial para las fuerzas policiales y cuerpos de seguridad y forma parte integrante de las funciones que en modo imperativo establece el ordenamiento procesal en su art. 183 complementado con el 184 del mismo cuerpo legal.”[13]; “Las facultades de la Policía Federal para actuar como auxiliar del juez de instrucción en la forma aludida por el art. 185, párr. 1º del Código de Proced. en Materia Penal y art. 6º, inc. 3º del decreto- ley 333/58 (Adla, XVIII-A, 465), no pueden entenderse limitadas por las normas sobre seguridad y policía en el ámbito de los aeropuertos”[14].-
Conclusión: 1) Por lo reseñado y por cuestión presupuestaria la policía judicial debería continuar integrando el ámbito administrativo del P.E.; 2) Ello, en nada impide al ejercicio funcional ambivalente, preventivo y judicial; 3) Durante la actividad judicial queda sometida al control y subordinación jerárquica del Ministerio Público y Poder Judicial según sea la competencia establecida por ley, y 4) Lo preceptuado por el art. 239 del nuevo C.P.P. salteño basta para esos fines.-


[1] Conf. Derecho Administrativo Español, 3ª Edición, Imprenta de José Rodríguez, Madrid, año 1865, t. I.-
[2] D.P.P. t.1 pág. 261/2- Ed. 1981, Nota Nº 6.-
[3] De Albert Camus, 1913-1960, Premio Nobel. Del año 1.957.-
[4] Conf. Alfredo Velez Mariconde, D.P.P., Ed. Lerner, Córdoba (Argentina), año 1981, t. I, pág. 261 y T. II,  pág.164, por ausencia del órgano jurisdiccional.-
[5] Conf. Claría O., Tratado de D.P.P., Ed. EDIAR, año 1966, t. I., pág. 449 y t. V, págs. 31 y 71.-
[6] Conf. Geoges Raez en “La Defensa de los Derechos del Hombre en el marco de las Actividades Policiales”, Doctrina Penal –
 Julio- Setiembre de 1980 Nº 11, Ed. De Palma, Buenos Aires, año 1980, pág. 581.-
[7] Citado por Fátima Sleiman y José Manuel Ugarte en “El imposible ministerio de seguridad”, diario La Nación del 11-XI-00,
pág. 19.-
[8]Conf. Carnelutti Francesco en “Lecciones de Derecho Procesal Penal”, t. I, Ed. E.J.E.A., año 1.950, pág. 262.-
[9] Ed. Universidad Nacional de Córdoba, Dpto. Publicaciones, año 1.978, págs. 57/58.-
[10] “Tratado de D.P.P.”,  t. III, Ed. EDIAR, del 20 de Mayo de 1.963, pág. 58.-
[11] Publicado en L.L. 1.984, t. B, Sección Doctrina “La Policía Judicial”.-
[12] J.A. 1.995- III-549.-
[13] J.A. 1.995-III-553.-
[14] LL. 1.998, t. E, pág.12.-

Fotos con historia...

Fiesta Patria en Chilecito
Abanderado Cazenave
J Sec Rencoret
¡QUÉ TIEMPOS AQUELLOS...!!!

2do Cte Chacana y Subalférez Rencoret

martes, 28 de agosto de 2012

Fotos con historia...

Primeros Gendarmes destinados a Clorinda.
En el centro el papá de "Cuchu", que no está físicamente con nosotros.
Lo recordamos con esta imagen de su padre, joven Gendarme rumbo a Clorinda.
Lugar no identificado.

Antes de abordar el "Vapor de la Carrera..."

Fotos con historia...


Campeonato de Papi Fútbol en Chilecito (LR)
De pie: 2do Cte Sartori, edo Cte Int Perdomo, Alf Triay, 1er Alf Com Pascual
Cuclillas: Subalférez Cazenave, Alférez Beas, 1er Alférez Jauch, Subalférez Rencoret




lunes, 27 de agosto de 2012

28 de Agosto de 1975 - Atentado Bomba Terrorista contra Avión Hércules C 130 de la FAA que transportaba 114 Gendarmes...


Hércules C-130 (TC-62) derribado en Tucumán
El 28 de agosto de 1975, en el aeropuerto de San Miguel de Tucumán
Un avión Hércules C-130 de la Fuerza Aérea Argentina fue derribado el 28-AGO-1975 en el Aeropuerto "Teniente General Benjamín Matienzo" de San Miguel de Tucumán.
ESTO FUE NOTICIA EN 1975
El avión Lockheed Hércules C-130H, matrícula TC-62 de la Fuerza Aérea Argentina, que dependía del Grupo 1 de Transporte de la I Brigada Aérea, con asiento en la localidad de El Palomar, provincia de Buenos Aires, tiene un importante historial, además de sus misiones especificas, había participado en muchas misiones de paz, ayuda humanitaria y en la Antártida Argentina, en acontecimientos históricos, entre ellos los más destacados que se mencionan a continuación:
  • El 01-MAR-1969 sobrevoló en la Antártida Argentina la isla Decepción y las bases Brown, Matienzo, Petrel y Esperanza, como asimismo realizó un reconocimiento del futuro emplazamiento en la isla Vicecomodoro Marambio, efectuando además lanzamiento de carga y correspondencia sobre la Base Matienzo y Estación Petrel.
  • El 14-ABR-1969 apoyó el trayecto y proveyó la información meteorológica en la ruta al avión biturbohélice deHavilland-Canada DHC-6 Twin Otter matrícula T-85, equipado para las operaciones en la Antártida con un sistema de esquí-ruedas, que despegó de Río Grande y anevizó en la Base Aeronaval Petrel de la Antártida Argentina, cumpliendo la tarea de reconocimiento visual y fotográfico de la meseta que corona la isla Vicecomodoro Marambio y además someter a prueba el nuevo avión en vuelos de enlace y traslado de personal, a la vez de adiestrar a las tripulaciones; misiones que actualmente se cumplen con dicho avión en la Antártida.
  • El 23-ABR-1969, prestó el mismo apoyo al avión Twin Otter matrícula T-85 que regresaba de la Antártida, conjuntamente con otro Twin Otter similar, matrícula 1-F-1 de la Armada Argentina.
  • El 05-AGO-1969 partió de Comodoro Rivadavia y sobrevoló la meseta de la isla Vicecomodoro Marambio y la Base Aeronaval Petrel, regresando en vuelo directo a su unidad de asiento en El Palomar, provincia de Buenos Aires.
  • El 09-OCT-1969 con este avión se lanzó sobre la meseta que corona la isla Vicecomodoro Marambio, elementos de abastecimiento y supervivencia para la Patrulla Soberanía, misión que permitió continuar con la tarea que realizaba la misma, de construir a pico y pala la primera pista de tierra en el Continente Antártico.
  • El 30-JUN-1970, participó en la realización de la primera evacuación sanitaria por vía aérea desde la Antártida Argentina, trasladando a la Base Marambio dos helicópteros Hughes 369HM, matrículas H-31 y H-33, que ese mismo día volaron hasta la Base Matienzo, de allí a la Estación Científica Almirante Brown donde relevó al jefe de la misma, quien presentaba un estado de salud delicado, regresando a Matienzo y al día siguiente a la Base Marambio, cargando los dos helicópteros y regresando con la misión cumplida.
  • El 17-MAY-1971 unió por primera vez Buenos Aires (El Palomar) en vuelo directo con la Base Marambio en la Antártida Argentina, cubriendo el trayecto de 3265 km en 6 horas y 45 minutos.
  • El 17-AGO-1972, arrojó dos toneladas de carga sobre la Estación Aeronaval Petrel y luego aterrizó en la Base Marambio, donde también desembarcó los dos helicópteros Hughes 369HM, matrículas H-32 y H-33, que ese mismo día volaron hasta la mencionada Estación Aeronaval y al día siguiente hicieron una evacuación sanitaria desde la Base Esperanza hasta la Base Marambio, regresando con los dos helicópteros a bordo.
Nada hacia suponer que en el cumplimiento de una misión rutinaria, cuando trasladaba de regreso a su hogares al personal de la Gendarmería Nacional, que había sido destacado en Tucumán, podría ocurrir algo así.
Años después, el 01-JUN-1982 en la Guerra de Malvinas, volando sobre el Atlántico Sur, mientras cumplía la misión exploración y guiado para poder ubicar, en oportunidad, a los blancos navales y atacarlos con precisión; fue derribado por el enemigo el Hércules C-130, matrícula TC-63, avión que también figura en las páginas de la historia Antártica Argentina.

Sí, esto fue noticia el 28-AGO-1975, que mucha gente ya no lo recuerda y otros, aquellos que tienen menos de 30 o 40 años de edad, lo desconocen, porque no habían nacido o eran demasiado chicos.
Ese día cuando todavía no habíamos salido del estupor de otros hechos similares, recibimos una noticia que nos conmocionó, el avión Hércules C-130 de la Fuerza Aérea Argentina, matrícula TC-62 había sido derribado a las 13:05 horas, por una bomba colocada y hecha estallar por control remoto, en plena carrera de despegue, que la habían colocado en el desagüe que pasaba por debajo de la pista de aterrizaje del Aeropuerto de Tucumán "Teniente Matienzo", quedando un cráter en el cemento de 12 m de diámetro por 2 de profundidad.
Se trasladaban 114 efectivos de la Gendarmería Nacional, con destino a la Provincia de San Juan, de los cuales, en el día del atentado, se habían registrado seis fallecimientos y veintitrés heridos, nueve de ellos de gravedad.
Esta operación se llevó a cabo con una gran precisión, pero por la pericia de la tripulación se evitó que este atentado criminal alcanzara proyecciones de catástrofe, salvando las vidas de más de un centenar de almas que se encontraban a bordo, como así también el desastre que podía haber ocasionado de haberse precipitado sobre el Barrio Obrero situado a continuación de la cabecera de pista de dicho Aeródromo.
El aparato se destrozó al caer a tierra y quedó envuelto en llamas, explotando con impresionante violencia, lo que causó pánico entre los habitantes de la zona próxima al Barrio San Cayetano.
Los restos del avión quedaron esparcidos en un radio de aproximadamente 300 metros, mientras que el grueso de la estructura se incendiaba a un costado de la pista envuelto en llamas y en medio de una columna de humo negro visible a gran distancia del lugar.

La tarea de rescate se hizo muy difícil para los bomberos que estaban atacando el fuego, debido a las explosiones posteriores, causadas por los tanques auxiliares de combustible y el material transportado a bordo.
Un hecho significativo que merece ser recordado, fue que mientras se incendiaba el avión y entre las explosiones, se vivieron escenas heroicas por parte de los bomberos, la gente del lugar, como así también de los tripulantes del Hércules y Gendarmes que habían podido salir de este infierno y volvían a rescatar a los que quedaban atrapados entre los restos del avión, el cual quedó totalmente destruido.
En esta acción valerosa pereció por asfixia el Gendarme Raúl Remberto CUELLO, quien salió ileso del avión y entró repetidas veces, salvando valiosas vidas, hasta quedar atrapado por las llamas en el que sería su último intento, dando un ejemplo de valor y coraje llevados hasta el supremo sacrificio.






Las autoridades del gobierno constitucional a cargo de la señora Presidente de la Nación Argentina, Maria Estela MARTÍNEZ de PERÓN, condenaron enérgicamente este accionar terrorista.
Nuestra página, que trata de recordar hechos significativos que han ocurrido en el país y en la Antártida Argentina, que el tiempo o los hombres lo pasan al olvido, esta vez rinde su homenaje a aquellos servidores que perdieron la vida, a quienes quedaron con secuelas y todos aquellos que con pericia, valentía y arrojo, evitaron un mal mayor.

domingo, 26 de agosto de 2012

Fotos con historia...

Buscando el "...perdón de los pecados..."

Tuve que terminar el cieloraso y el piso...a "revientacaballo..."

En el Chaco Salteño con los gobernadores de Salta (A) y Boquerón (P), respectívamente
y la figura "altiva" del "Cheruvichá Guasú..." (antes de caer en desgracia...)

La "yapa". El cieloraso quedó una pinturita...

viernes, 24 de agosto de 2012

Fotos con historia...

El Vice Presidente de la Nación, Dr Carlos H. Perette entrega el sable de oficial al
Subalférez D Fernando Rencoret

El Vicepresidente de la Nación, Dr Carlos H. Perette
entrega el Diploma al
Subalférez D Fernando Rencoret

El Vice Presidente de la Nación, Dr Carlos H Perette
entrega el Premio al "MEJOR PROMEDIO DE EGRESO"
al Subalférez D Fernando Rencoret
consistente en la colección de "Historia Argentina" (25 tomos) editado por el Congreso de la Nación Argentina
e impreso en la imprenta de ese parlamento.
En la ceremonia, como indica la foto, el Subalférez Rencoret recibe el Tomo I de la colección.

miércoles, 22 de agosto de 2012

22 de agosto - Día del Folklore Argentino

Andrés Chazarreta 

 

Andrés Chazarreta (n. Santiago del Estero, 29 de marzo de 1876 - m. ídem. 24 de abril de 1960) fue un músico e investigador argentino del folclore. Fue el primer difusor de la música folclórica argentina, difundiéndola por todo el país desde 1906 con su Conjunto de Arte Nativo culminando con la histórica representación que realizara en el Teatro Politeama de Buenos Aires el 16 de marzo de 1921. Es autor de temas clásicos del folklore argentino como Zamba de Vargas, La telesita, El kacuy, Criollita santiagueña, entre muchas otras. 

Fotos con historia...

Stadium Luna Park de Buenos Aires
Con el Profesor  Morales (Box)
18 de agosto de 1965

Fotos con historia

Vice Comandante Carabineros de Italia
Visita 1996

martes, 21 de agosto de 2012

¡NADIE SALE FRANCO...!!! por Martin Plomo


El paso del tiempo, inapelable, cuando han pasado los años y echamos la mirada atrás,  cual pase mágico, hace que los  escenarios se iluminen. Como en la aurora en que todo lo que nos rodea va cobrando vida, se va coloreando… El sol, aparece y abrillanta las imágenes mostrándolas con inigualable nitidéz y definción.

Las retratos, las figuras de la juventud brotan exuberantes para regodeo del alma permitiendo  reencontrarnos con nuestra propia historia personal, con ideales que anudan a todos quienes nos identificó la vocación de servicio y la camaradería, síntesis de amistad, afecto, lealtad…Y es causalmente lo que nos relaciona y le confiere a nuestras vivencias una singular originalidad. Y nosotros sabemos de qué se trata; nosotros sabemos el significado y trascendencia de los hechos, trances y peripecias que hay tras cada uno de ellos. Quién mejor que un Gendarme sabe que sus actos  son la expresión misma de la ley, de lo legal, de lo que debe ser. Desde aquel momento inolvidable, “bípedos” que vestíamos por primera vez el uniforme de fajina o de combate…



Eran las últimas semanas de cadetes, pronto seríamos oficiales de Gendarmería. Eran los últimos ejercicios de combate, en el campo de instrucción con los músculos tensados, con la mente ágil, diligente, eso sí siempre pensando en la “salida de franco”. Yo me preparaba para un cordero asado a la parrilla que toda la “manzana”, la “cuadra” preparaba para agasajar al futuro Oficial, precisamente novio de una chica del barrio. Todo estaba en su punto, el uniforme de salida con la chaquetilla de brin de hilo blanca, almidonada, prolijamente planchada, los zapatos con un brillo que los hacía resplandecer.

Al cabo de una intensa jornada de instrucción de combate, con el desarrollo de un ejercicio en el que poníamos a la vista y consideración de los instructores nuestra capacidad de mando, en situaciones de alto riesgo y de gran responsabilidad sobre el cuidado y conservación del equipo, del material, del armamento y de nuestra propia integridad física, la culminación de la jornada fue satisfactoria. El regreso a la Escuela de Gendarmería fue entusiasta y animada.  Yo pensaba únicamente en salir para ver a mi novia, participar del cordero asado y disfrutar del franco de fin de semana.

¡NADIE SALE FRANCO…!!!, una orden que estalló sobre nuestros oídos. La decepción cundió hasta en los espíritus mas fuertes y capaces de pasar semanas y semanas sin salir franco. Perplejo y sin conocer el motivo, el rumor corrió como un rayo…¡SE HABÍA PERDIDO UN FUSIL…!!! El mío, con el número asignado había sido entregado en la sala de armas sin novedad. Todos decían lo mismo…

Apenas terminado los “movimiento vivos…” que nos ayudarían a encontrar el fusil faltante salimos al campo nuevamente para hacer un “rastrillaje…” y así, con excursiones al campo de instrucción en forma permanente para buscar el fusil una y otra vez y sin salir franco en ese período…¡EL FUSIL NO APARECIÓ Y FUE DADO POR PERDIDO…” Alguien que lo halló en esos boques de Ezeiza se lo llevó de recuerdo, lo que se dice un souvenir…

jueves, 16 de agosto de 2012

UNA TARDE DE VERANO EN LA GRAND RUE 105 por Carlos Horacio Bruzera


                        En el 162° Aniversario de la muerte del General Don José de San Martín rendimos homenaje al Padre de la Patria, con éste artículo de Carlos Horacio Bruzera.

17 de agosto de 1850, a las 3 de la tarde, hora de Francia, a orillas del Canal de la Mancha, en la ciudad de Boulogne – Sur – Mer, en el departamento de Pas de Calais, en la República de Francia, moría el general José de San Martín, a orillas del mar, como queriendo volver.
El Libertador, ante los disturbios provocados por la Revolución de París, que instaurarían la Segunda República, busco distancia con su familia.
General Don José de San Martín

Debió ser doloroso para el general dejar, alejarse de su querida finca de Grand Bourg, situada a 7 kilómetros de París sobre el Sena, donde había pasado hermosos días de  bucólica serenidad  rodeado de sus hijos, sus dos nietas y su perrito “Guayaquil”.
Así, vigilante de la seguridad familiar, el  16 de marzo de 1848, la familia San Martín de instaló en Boulogne – Sur – Mer. 
Vendería Grand Bourg convencido  de no regresar, curiosamente, el 14 de agosto de 1849.
La familia alquiló los altos de la casa situada  en la Grand Rue, número 105, propiedad del abogado Alfred Gérad , quien se desempeñaba como director de la Biblioteca Pública de la ciudad, y que habitaba la planta baja del edificio.
San Martín y Gérad, cultivaron una amistosa relación, hilvanada por la afición mutua a los libros.
A principios de junio viajó para pasar  una temporada, a las termas de Enghien, en cercanías de Paris, tratando de hallar  alguna mejoría en sus males.
Algo repuesto, el viejo general regresó a Boulogne – Sur – Mer a fines de julio.
C´est l´orage qui mene au port.
Comenzaba “la tempestad  que lleva al Puerto”, según anunciara el mismo el 6 de agosto.
Rodeado de Mercedes, su yerno, nietas, de su médico el doctor Jordan, el viejo guerrero expiró ese día de verano, de agosto de 1850, a las 15 horas de París.
El abate Haffreingue prodigó a la enlutada familla sus benévolas atenciones.
El cadáver fue embalsamado y permaneció en la Grand Rue hasta el 20. Ese día, a las 6 de la mañana, partió el pequeño cortejo que se dirigió en primer lugar a la iglesia barrial de San Nicolás, donde se ofició un responso.
Continuó la procesión hasta llegar a la basílica de Notre Dame de Boulogne, donde lo esperaba el abate Haffreingue, quien luego de una bendición póstuma, condujo el cortejo hasta la cripta, donde gracias a su intervención,  reposaría inicialmente  en la capilla de la misma el cuerpo  del Libertador.
La iglesia donde descansaría por espacio de 11 años el señor de San Martín, era para la época, un templo en construcción, en estilo renacentista, edificado por iniciativa de mismo  abate, sobre los ruinas de una iglesia medieval, al llamado de un imperativo  de fe que el religioso dijo haber recibido.
Lograda la aprobación episcopal, se inició la reconstrucción en 1827,  finalizando la misma  en 1879,  por lo que estaba  a medio construir al momento del deceso del Libertador.
Allí permaneció el cuerpo de San Martín hasta 1861.
Ese año, fallecía  su nieta primogénita, Mercedes,  en Brunoy.
Fue deseo de la familia Balcarce que la joven y el general unieran sus memorias en un  panteón familiar que se construyó en el cementerio de Brunoy,  pequeña población de la Isla de Francia.

A los dos días de la muerte de José de San Martín. Gérad publicó en el diario “L´Impartial”, un artículo necrológico en el que decía:
El señor de San Martín era un lindo anciano de elevada estatura, que ni la edad, ni la fatiga, ni los dolores físicos habían podido doblegar. Sus rasgos fisonómicos eran muy expresivos y simpáticos, su mirada viva y penetrante, sus modales llenos de afabilidad. Su conversación, fácil y jovial, era una de las más atractivas que he conocido.
En Buenos Aires, la noticia  de la muerte del general José de San Martín, llegó el 4 de noviembre de 1850.
El escrupuloso José Manuel Beruti anota en sus “Memorias”:
En el “Diario de Avisos” del 4 de noviembre de 1850 de Buenos Aires,  día lunes, dice lo siguiente: “don José de San Martín murió en una ciudad de Francia el 17 de agosto. El vencedor de Chacabuco y Maipú, el héroe que escaló los Andes y asomó su rostro guerrero para llevar su enseña de independencia  a las repúblicas del Pacífico, duerme en la tumba ya. Esa existencia que no pudo extinguir el peligro del combate, se dobló tranquila ante el soplo irresistible del destino. El árbol robusto que produjo frutos sabrosos para los pueblos libres se tornó en encina que derribó la suave brisa, carcomida ya por el tiempo. Las nobles reliquias del héroe descansan embalsamadas por los laureles que llevan al sepulcro y cubiertas por la gloriosa bandera de Pizarro”
A orillas del mar que distanciaba su destino, instantes antes de morir y dirigiéndose a su hija Mercedes, confesó su cansancio y  adelantó su única y gloriosa  derrota:
Esta es la fatiga de la muerte.
Ocurrió una tarde de verano, en el 105, de la Grand Rue.



                                               Miércoles 15 de agosto de 2012, en Buenos Aires.
                                                      
                                                                        Carlos Horacio Bruzera                                                                                                                          



miércoles, 15 de agosto de 2012

PADRINOS Y AHIJADOS.... por Orlando R. Denegri




Ya conté anecdotas vivenciales de mi paso por Santa Lucía (Ctes),
cuando se creó y ejercí la Jefatura del Centro de Formación de
Gendarmes "Gend Miguel Angel Tripepi"
. Pués esta es otra de las
tantas, no menos simpática y hasta risueña, sensación que se agranda
con el paso del tiempo.....




Durante mi gestión pasaron cuatro promociones de Aspirantes que luego

de arduos cinco meses, los que aprobaban, eran dados de alta como
Gendarmes....., y en ese mes de interregno que quedaba entre curso y
curso, se usufructuaban las licencias, se reacondicionaban
instalaciones, equipos, mobiliarios...., en fin..., todo lo necesario
para lanzar un nuevo curso...



A la llegada de cada contingente, compuesto por personal proveniente
de distintas zonas del país, entre otras cosas, se los interrogaba
sobre si habían sido o no bautizados o si habían "tomado" la comunión
o recibido la confirmación....., todo ello con la sana intención de
contribuir, dentro de su capacitación profesional, a la formación
espiritual....., estamos hablando de los años 82 y 83, donde se
potenciaban otros valores religiosos...



Así es que con la asistencia espiritual del Parroco de la Iglesia de
Santa Lucía, el Padre Ratti (por quien guardo un gran recuerdo y
afecto) y algunas colaboradoras, se fue catequizando a quienes
carecían de esa formación y cuando estaban en condiciones de recibir
los sacramentos, se los bautizaba o recibían la primera comunión,
según fuera sus carencias..... Pero como dije, la mayoría eran de
lugares alejados y no contaban con familiares que pudieran viajar a
participar de la ceremonia y es así que nos pedían a los SSOO, Subof o
docentes, para que ejercieramos de PADRINOS....., y así fue que me
surgieron, sin pensarlo, muchos AHIJADOS...(convengamos que para la
gente del interior, el padrinazgo tiene otros alcances, más profundo,
que la mera circuntancia social como se la suele tomar en las
ciudades).





Pasó el tiempo, todos cambiamos  de destinos y con nuevos grados
ocupamos distintos cargos..... Muchos de mis ahijados me escribieron
cartas desde sus nuevos destinos, pero con el tiempo se fueron
espaciandos hasta practicamente "cortarse" esos contactos; no
obstante, desempeñandome como Jefe de Agrupación y luego de Región,
muchas veces me pasó de encontrarme con alguno de ellos y debo ser
sincero, que eran ellos los que me recordaban aquella circunstancia.
Precisamente, en 1997 ejerciendo la Jefatura de Región III "Cordoba",
recorriendo el despliegue, en una Unidad comprobé un hecho cuyo
responsable merecia. a mi juicio, una sanción disciplinaria y es así
que le "llamo la atención" por su error (nada grave, pero error al
fin) y le comunico que lo iba  a sancionar y entonces este (ya)
Sargento en cuestión, desde la correcta posición militar, me dice
"....pero PADRINO...¿¿ Cómo me va a sancionar usted...???...., a lo
que rapidamente le contesto "precisamante,... por mal AHIJADO que no
cumpliste con tu deber sabiendo que venia tu padrino de inspección..."


Finalizada la actividad de ese día, lo mandé a llamar, me contó de su
carrera, de su familia constituida, de los hijos......, me reconoció
su falta ...., y se "salvó de la sanción".

Estos episodios de la vida profesional, las anécdota que hemos ido acumulando en la dilatada carrera como Oficiales de Gendarmería Nacional, las vivencias...son algo más que simples recuerdos simpáticos o entrañables. Allí están presentes, tácitos, implícitos esos rasgos que identifican al Gendarme Argentino. Solo él es capáz de lucir sus inconfundibles, propias y hasta originales características.

¡Gracias Orlando...!!!