cuarenta y siete.
los deberes de funcionario público, contra VICTORIANO
MARTÍN, Argentino de veintiséis años de edad, y EUSEBIO
ALBERTO MENA, Argentino de veintiséis años de edad,
ambos de estado civil soltero, y del personal de Gendarmería
Nacional, Escuadrón de Las Lomitas, de la que RES U L T A ...
de septiembre de 1946, el señor Ramón Zalazar, debía cargar
en la Estación Juan G. Bazán, los veintiséis animales vacunos
que figuran en la guía N° 269, expedida por el Juzgado de Paz
de Las Lomitas. Pero como en el momento de embarcar,
observara que, por error, aparecía con marca distinta una de las
vacas, puso el hecho en conocimiento de los gendarmes
Eusebio Alberto Mena y Victoriano Martín, encargados del
control, y quienes, para evitarle el trastorno que significaba
suspender la carga, mientras el interesado se traslada a las
Lomitas a rectificar el error, le permitieron, modificar en la
guía la marca de la vaca mencionada, reemplazándola por la
marca de la vaca que correspondía embarcar, también de
propiedad del cargador, según se prueba con el informe de fs.
32 VTA.
vista estrictamente legal, la actuación de los procesados pueda
censurarse, debe tenerse en cuenta para juzgarlos que, al
consentir el cambio de marca en la guía, obraron
espontáneamente, sin esperar ningún beneficio, y animados
solo por el deseo de satisfacer "la gauchada" que les imploraba
Zalazar, para resolver el inconveniente de forma que
perjudicaba sus intereses.
de los procesados, "la gauchada", es una modalidad argentina,
quien la realiza, porque arriesgando algo casi siempre, se
presta. desinteresadamente a un amigo en apuros y a veces
hasta un desconocido. sin más finalidad que serle útil, y sin
recibir más recompensa que la satisfacción moral de haber
practicado el bien. por amor al bien mismo ...
materia del cumplimiento del deber, rige las funciones
burocráticas. los acusados Martín y Mena, pudieron en la
emergencia. cruzarse de brazos. asumiendo una actitud
impasible. y dejarlo a Zalazar, que solucionara sus dificultades
por sus propios arbitrios. Pero la sensibilidad gaucha, que vive
latente en algún lugar en el corazón criollo, no les permite a los
gendarmes -que al fin de cuentas son paisanos uniformados-
adoptar la postura egoísta de dejar a ese hombre en la
estacada ... Comprometiendo su tranquilidad. cambian en la
guía, sin ningún titubeo, la marca de uno de los animales,
substituyéndola por otra, y de ese modo allanan el obstáculo
que impide cargar la tropa ...
cometido un acto "no lícito", pasible de sanciones
disciplinarias. Pero no se puede afirmar que haya incurrido en
delito, desde que no han causado daño a nadie, y actuaron bajo
la inspiración de hacer sólo "una gauchada". El hecho, aunque
aislado, nos revela que seguimos conservando las
características raciales, como con tan profunda intuición, lo
anunciaba Sarmiento en "FACUNDO" hace más de un siglo, al
decir: "Si levantáis la solapa del frac, con que el argentino se
disfraza, encontraréis al gaucho" Y la generosidad de la acción
que motiva el proceso, está abonada por la opinión de un sabio
como Darwin, quien, después de recorrer la República
Argentina en el año 1813. escribió en su libro, "Viaje de un
naturalista alrededor del mundo", estas alentadoras palabras:
GENTLEMAN".
encausados, se condujeron honradamente. en la inteligencia de
los hombres de conciencia y carácter. Lejos de resultar punible,
el hecho que origina esta causa, encuadra por su naturaleza en
las obras de misericordia cristiana, y se ajusta a la norma del
ideal rotario, que manda, "dar de sí, antes de pensar en sí".
Desde ahí que, significaría incurrir en una herejía jurídica,
condenar en nombre de la justicia, a estos servidores del Estado
-y también de la sociedad-, tan modestos y tan íntegros a la vez,
que en las circunstancias anotadas, se comportaron, no como
dos pusilánimes, y menos como dos delincuentes, sino como
dos cumplidos caballeros, y de quienes tienen, sin duda, mucho
que aprender, los funcionarios que, por comodidad o falta de
criterio, deshumanizan el derecho aferrándose a la letra muerta
de las leyes y de las reglamentaciones.
RESUELVO:
librar nota al señor Jefe de la Agrupación "FORMOSA" de
Gendarmería Nacional, acompañando copia de esta resolución
y solicitándole que, en mérito a la nobleza revelada por los
encausados, contemple la posibilidad de eximirlos de la sanción
disciplinaria que pudiera corresponderles.
Ley 11.752.- José R. Bergallo, Juez Letrado. Ante mí:
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